• Tipo Órgano: Sala de Apelación de la Audiencia Nacional
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUELA FRANCISCA FERNANDEZ PRADO
  • Nº Recurso: 5/2025
  • Fecha: 11/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Abordaje de un velero donde incautaron 2.224 kilogramos de cocaína. Jurisdicción de los tribunales españoles. Abordajes de buques, aún sin la autorización del Estado del Pabellón. No fue necesario el registro de los camarotes para descubrir la cocaína que transportaba el barco, y proceder a su incautación. Solo los camarotes pueden ampararse en la inviolabilidad del domicilio.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA JESUS MANZANO MESEGUER
  • Nº Recurso: 349/2023
  • Fecha: 11/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a seis acusados como autores de un delito de pertenencia a grupo criminal para la comisión de delitos graves, de un delito contra la salud pública referido a sustancias que no causan grave daño a la salud y de un delito de defraudación de fluido eléctrico, y opera una rebaja de la pena impuesta por el primer delito. Acusados que llevan a cabo labores de plantación y cultivo indoor de marihuana, así como de suministro de la misma a terceros para su cultivo en distintas sedes. Delito contra la salud pública referido a sustancias que no causan grave daño a la salud. Subtipo agravado de notoria importancia de la droga intervenida. Penalidad y su individualización. Cadena de custodia en la recogida, custodia y análisis de la sustancia intervenida. Formas en que deben ser impugnadas las infracciones en materia de cadena de custodia. Delito de pertenencia a grupo criminal. Diferencias con el tipo penal de organización criminal. Acusados actuaban de forma concertada para el cuidado de la plantación de marihuana y su comercialización. Los acusados se repartían labores de dirección, almacenamiento, traslado, custodia, reparto y vigilancia con la preclara finalidad de vender al detalle la marihuana.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: ROSA MARIA GUTIERREZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 869/2024
  • Fecha: 07/02/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El penado apela el auto que deniega el beneficio de suspensión de la responsabilidad personal subsidiaria, por impago de la pena de multa, alegando que si bien ha cometido en el pasado delitos, algunos lo han sido hace más de cinco años y son de otros títulos del CP y que tan sólo concurre un delito del mismo título cometido en fechas cercanas al enjuiciado, por lo que no cabe considerarle reo habitual, conforme al art 94 CP. Además los hechos fueron cometidos como consecuencia de sus problemas con el alcohol, por lo que podría concedérsele la suspensión extraordinaria del art. 80.5. La Audiencia desestima el recurso. De la hoja histórico penal resulta que el mismo es reo habitual en delitos contra la seguridad vial, pues fue condenado el 23/07/2024 por hechos cometidos en mayo de 2022, por delito del art. 384 CP, e igualmente por el mismo delito en sentencia de 12/06/2024, por hechos cometidos el 28/11/2023. Además en la misma también lo fue por delito de conducción temeraria. Son por lo tanto dos condenas, pero tres los delitos contra la seguridad tráfico cometidos, siendo reo habitual en los mismos conforme al art. 94 del CP. La habitualidad del penado impide la suspensión ordinaria y especial de los arts. 80.1 y 3 CP. Tampoco resulta aplicable el art. 80.5, pues no consta la comisión de los hechos como consecuencia de sus problemas con el alcohol, faltando además en relación al delito de conducción sin carnet el hecho de haber sido cometido a causa de su adicción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 5313/2022
  • Fecha: 07/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los condenados formulan recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que confirmó la condena por un delito de tráfico de drogas y de pertenencia a grupo criminal. Prejudicialdiad penal por denuncia presentada contra la LAJ que realizó la entrada y registro. Presunción de inocencia. Derecho al juez ordinario predeterminado por ley. Las normas de reparto son reglas de distribución del trabajo entre los órganos objetiva, funcional y territorialmente competentes y, por tanto, su vulneración no tiene esa consecuencia anulatoria. Plazos de instrucción. El artículo 324.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la redacción dada por la Ley 41/2015, indicaba que plazos de instrucción quedaban interrumpidos en caso de acordarse el secreto de las actuaciones, durante la duración del mismo. Prórroga de la intervención de las comunicaciones. La decisión acerca del mantenimiento de la medida requiere comprobar que subsiste la base indiciaria que justificó inicialmente la misma, y que la permanencia en el tiempo de la injerencia no devalúa su especialidad, necesidad ni proporcionalidad. Inviolabilidad domiciliaria. Grupo criminal. No puede conceptuarse como organización o grupo criminal la ideación y combinación de funciones entre varios partícipes para la comisión de un solo delito. El grupo criminal se perfila como figura delictiva residual respecto de la organización criminal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 5292/2022
  • Fecha: 06/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No se produce la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, al contener la resolución de instancia una motivación suficiente sin que pueda considerarse arbitraria o irrazonable. No se vulnera tampoco el derecho a la tutela judicial efectiva al resolver sobre la cuestión previa planteada en el juico, en la misma sentencia, concluyendo que no se podía considerar vulnerado derecho alguno que pudiera dar lugar a la nulidad de la diligencia de entrada y registro practicada, que se llevó a cabo mediando el consentimiento libre y voluntario de su moradora, y al que se unió el del acusado, a pesar de no ser necesario, puesto que tal diligencia se llevó a cabo en un momento en el que se carecía de indicios delictivos contra ellos y por tanto no estando detenidos. De las circunstancias concurrentes a los hechos y el daño al bien jurídico protegido, no procede la aplicación del subtipo privilegiado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA VICTORIA REVUELTA IGLESIAS
  • Nº Recurso: 56/2025
  • Fecha: 06/02/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Delitos de tráfico ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, cometidos en medios marinos: jurisdicción a las autoridades españolas para el abordaje, inspección, incautación de sustancias y detención de los tripulantes de cualquier embarcación que enarbole el pabellón de otro Estado, siempre que obtenga la autorización del Estado de abanderamiento del barco. Necesidad de que el país de abanderamiento reclame la competencia. Intervención de las autoridades españolas en aguas internacionales, mediante el abordaje de un velero con pabellón panameño. Falta de solicitud de cesión de jurisdicción.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: JUAN MIGUEL DONIS CARRACEDO
  • Nº Recurso: 16/2025
  • Fecha: 06/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena por conducción irregular presentando síntomas compatibles con una inmoderada ingesta de alcohol, así como por la negativa subsiguiente del acusado a someterse a pruebas de detección alcohólica en aire expirado. Apreciación de atenuante de ingesta alcohólica en el segundo delito. Delitos de peligro abstracto y de peligro concreto. Denegación de prueba testifical propuesta en el acto de la vista sin estar disponibles los testigos en el exterior de la sala. Denegación de prueba pericial forense al constar ya incorporado informe sobre la nula incidencia de determinadas patologías en los síntomas que presentaba el acusado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: MARIA ALMUDENA CONGIL DIEZ
  • Nº Recurso: 865/2024
  • Fecha: 06/02/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El penado recurre el auto en que se acordaba denegar la concesión del beneficio de suspensión de la pena de 6 meses de prisión, alegando que muchas de las penas que le constan en su historial delictivo se encuentran "caducadas". De igual modo sostiene que, los delitos contra la seguridad vial a que ha sido condenado no se encuentran en el mismo capítulo que el robo con violencia a que fue condenado en la presente ejecutoria. La Audiencia desestima el recurso. A la vista de la hoja histórico penal del apelante se comparte la decisión plasmada en el Auto recurrido, por cuanto el recurrente, no solamente no es delincuente primario, sino que tienen la consideración de reo habitual de conformidad con lo dispuesto en art. 94 CP, ello con independencia de que los delitos cometidos durante los últimos cinco años no sean homogéneas con el delito objeto de la presente ejecutoria. La Sala reseña los criterios de interpretación de la Audiencia en lo referente al concepto de reo habitual del art. 94 del CP estimando: A/ que los "tres o más delitos de los comprendidos en un mismo capítulo", a los que alude el citado precepto pueden no ser homogéneos respecto del delito que ha sido objeto de condena; B /En los mismos se ha de entender incluido el delito que ha sido objeto de condena; y C/ El "plazo no superior a cinco años" aludido en el primer párrafo del artículo debe contabilizarse retrotrayéndose cinco años atrás partiendo en la retrocesión del "momento de posible suspensión".
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: FERNANDO ALAÑON OLMEDO
  • Nº Recurso: 155/2024
  • Fecha: 06/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal de apelación estima parcialmente el recurso de la recurrente, condenada en la instancia como autora de un delito contra la salud pública. Ha existido prueba suficiente para la condena y no se ha vulnerado el principio in dubio pro reo. Subtipo atenuado del artículo 368 CP: la acusada portaba una cantidad de droga pequeña y acto de tráfico aislado. La disponibilidad del dinero obtenido en el acto de tráfico no hace que el delito se encuentre en tentativa. Graduación de la pena de multa: en la mínima cuantía, al igual que la pena de prisión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 4601/2022
  • Fecha: 05/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La doctrina jurisprudencial del TEDH permite la revisión de sentencias absolutorias cuando el Tribunal Supremo actúa dentro de los márgenes de la infracción de ley, revisando cuestiones puramente jurídicas. Es decir, cuando se limita a corregir errores de subsunción y a fijar criterios interpretativos uniformes para garantizar la seguridad jurídica, la predictibilidad de las resoluciones judiciales, la igualdad de los ciudadanos ante la ley penal y la unidad del ordenamiento penal y procesal penal, sin alterar ningún presupuesto fáctico. Las conductas que sanciona el artículo 384 CP son: 1) la conducción de un vehículo de motor en los casos de pérdida de vigencia por pérdida total de puntos; 2) la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial; 3) la conducción de un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción. No se exige la creación de un riesgo concreto para la seguridad vial. El permiso de conducir a que se refiere el art. 384.2 del CP, cuya obtención excluye la conducta típica prevista en este artículo, es el que se obtiene mediante la acreditación o demostración, a través de la superación de las pertinentes pruebas o exámenes establecidos por las Autoridades de un Estado, de los conocimientos teóricos y habilidades prácticas para la conducción de vehículos de motor y ciclomotores.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.